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Sufragio

SUFRAGIO


Concepto de Sufragio


Es el mecanismo a través del cual se expresa y se cuantifica la voluntad de la ciudadanía y de los electores no ciudadanos en el caso de elección, plebiscito y referéndum, de acuerdo a lo establecido en la Constitución nacional.

Art: 77: “El sufragio se ejercerá en la forma que determine la ley, pero sobre las bases siguientes:
  1. Inscripción obligatoria en el Registro Cívico Nacional.
  2. Voto secreto y obligatorio.

Voto Secreto

Lo es desde 1916, por ley desde 1916, pero se usó en la Reforma de la constitución en 1918.
Es secreto lo que se vota.
Hay registros a efectos de evitar votar dos veces o que vote una persona por otra.


Voto Universal

El voto es Universal porque no hay restricciones fundadas en el sexo, la raza, la religión, la condición económica, la clase social, la cultura.

Si existiera alguna de dichas restricciones estaríamos frente a un Sufragio Censitario.
En la constitución del 30 habían restricciones ya que no votaban los deudores, los ebrios habituales, los notoriamente vagos, el peón jornalero y los analfabetos y los soldados de línea.
A su vez solo votan Hombres, la Mujer está relegada del sufragio hasta la década del 30´
En la constitución de 1952 todavía habían restricciones ya que aún no podían votar los soldados y es en la constitución de 1967 que se suprimen todas estas limitaciones y a partir de allí se puede decir que el sufragio es universal.


Voto Directo

Significa que el cuerpo electoral elige directamente al Presidente, Representantes, Senadores, Ediles.
En la constitución de 1930 había un sistema de elección indirecta al Senado por medio del cual la ciudadanía elegía a un Colegio Elector el cual era el encargado de la elección de los senadores.


Voto Igual - Todos valen igual

Cada emisión de voluntad del cuerpo electoral tiene igual valor. O sea, que en nuestro sistema no existe el Voto Calificado por medio del cual determinadas personas que cumplen ciertos requisitos, sus votos se contabilizan en forma distinta.
Ej: el padre de familia con 5 hijos menores a su cargo tiene un voto calificado, o sea, que su voto vale, o se lo cuenta por 6, el suyo y el de sus hijos menores.


Voto Obligatorio

La obligatoriedad está dada desde la constitución de 1934 pro la falta de aceptación de la población a concurrir a estas instancias electorales.
Y las sanciones para el que no vota son dadas por ley, las cuales se reglamentan por Ley N°13.882 del 70´.
La Ley N°16.017 de 1989 ajustó el régimen vigente.

MULTA: 1 UR la primera vez y 3 UR las siguientes.

INHABILITACIÓN:
  • Para ingresar a la función pública
  • Para cobrar sueldos, jubilaciones o pensiones.
  • Para rendir exámenes
  • Para otorgar escrituras públicas
  • Para presentar escritos ante autoridades.
    La inhabilitación para ingresar a la Función Pública es la única que no se subsana con el pago de la Multa. Sí o Sí hay que esperar a las próximas elecciones nacionales y votar para estar habilitado a dicho ingreso.

 JUSTIFICACIÓN a la NO emisión del Voto

    Hay un plazo de 30 días siguientes al acto eleccionario.


  EXIMENTES A LA OBLIGACIÓN DE VOTAR

    Están dados en el Art. 6 de la Ley 16.017 de 1989:

  1. Padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que impida ir a votar a la comisión receptora de votos.
  2. Estar ausente del país.
  3. Por fuerza mayor. Imposibilidad de ir a votar.
  4. Estar dentro de las causales de suspensión de la ciudadanía del Art. 80 de la constitución:
    1) Ineptitud física o mental.

    2) Procesado posibilidad de pena de penitenciaría.

    3) No tener 18 años.

    4) Sentenciado.

    5) Actividades moralmente deshonrosas.

    6) Por formar parte de organizaciones que por medio de la violencia o propaganda que la incite, tiendan a destruir las bases de la nacionalidad.

    7) Falta de buena conducta.
                                                         (6 y 7 únicamente para ciudadanos legales)

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Presidencia de la República.
  • Senadores
de la República
  • Miembros de la

Y
  • Diputados
entre los dosJunta Electoral
FINALIDADConvención Nacional yLa fórmula presidencialPARTIDOS

Departamental delpara resultar electaPOLÍTICOS

Partidodebe reunir lamás votados.


MAYORÍA Absoluta



(más de 50% de los



votos emitidos)







NO


VOTOOBLIGATORIOOBLIGATORIOOBLIGATORIOOBLIGATORIO








Ley N° 16017

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